viernes, 1 de junio de 2007

HABRIA FUNDAMENTOS LEGALES PARA QUE PATTI ASUMA COMO DIPUTADO

Cuando se enfrentan la legalidad, la legitimidad y la ética

Medios nacionales anunciaron hoy que miembros de la Corte Suprema estarían trabajando en al menos uno de los votos que resolvería la cuestión planteada acerca de la viabilidad o no de que el ex comisario Luis Patti asuma finalmente como diputado nacional.
El voto en cuestión plantearía que el Congreso no puede negarse a tomar juramento a un legislador electo porque el mecanismo de impugnación para la candidatura está previsto para antes de la elección.
Sobre el tema fue consultado por FM De la Azotea el Dr. Juan Carlos Wlasic quien afirmó que “el tema es constitucionalmente complejo porque en primer lugar hay que señalar que las características personales de Patti, de acuerdo a la legislación electoral vigente, no le impediría presentarse como candidato”. Sin embargo, el artículo 36 de la Constitución Nacional establece que haber intervenido en gobiernos de facto es un impedimento para participar de los actos electorales democráticos. “Yo creo que eso no está debidamente considerado en las leyes electorales, que son las que en principio habilitan o no a presentarse como candidato”, expuso el abogado.
Wlasic también explicó que “cuando se produce la elección la dificultad fundamental es que, desde el punto de vista de nuestro sistema constitucional, desde lo político, la soberanía popular, que sería el resultado del voto, es un valor constitucional. Por el otro lado eso se confronta con una atribución que tiene la propia Cámara de habilitar o no los ingresos de los electos, que generalmente, desde el punto de vista de la tradición constitucional, estaban basados con consideraciones que tenían que ver con la irregularidad del acto electoral como fundamento que podía dar la Cámara para no incorporar a un diputado”. A esto se le suma un tercer elemento que es “el hecho de que dentro de nuestro sistema constitucional la presunción de inocencia es un principio que se quiebra recién con la sentencia judicial firme, con lo cual, más allá de las sospechas, de los dichos, hasta tanto no haya una sentencia firme, el principio de inocencia lo estaría protegiendo. Ahora, por supuesto que en el caso particular, los hechos que se han sucedido en la dictadura se asocian con una impunidad de esos delitos, que es una deuda del sistema democrático que lleva más de veintitrés años. Por eso el tema es muy complejo porque ese principio de inocencia se contrapone con la ilegitimidad de una impunidad que el sistema institucional ha sostenido durante este tiempo”.
El constitucionalista agregó que “desde el punto de vista constitucional, lo que debería hacerse es hacer operativo en la ley electoral los principios del artículo 36 de la Constitución que establece que la sola participación en un gobierno de facto es impedimento para participar en elecciones democráticas. Entonces esa participación no requiere de una sentencia judicial, de una condena, sino que requiere de una comprobación de esa intervención ya sea en cargos públicos o en el desenvolvimiento de ese gobierno de facto. Yo creo que ése sería el punto clave y que impediría definitivamente que alguien que haya participado en un gobierno de facto pueda ser candidato y por lo tanto pueda ser electo. Pero una vez que se lo ha considerado candidato legal (así lo ha tomado la Justicia Electoral porque le ha entregado el reconocimiento del cargo), después esa confrontación entre los poderes de la Cámara y los principios de la soberanía popular es conflictivo. Yo soy consciente de que se trata de un represor pero a mí los principios morales o éticos me podrían llevar a tener una amplitud de alternativas de algo que de última podría transformarse en instrumento de persecución política, en el peor de los casos. Es un tema delicado en el cual no solamente se resuelve la situación individual de un caso, sino que si después eso es utilizado como un instrumento para otros casos eso genera también un riesgo. Y la apertura de ese riesgo puede llevar a que algo legítimamente utilizado termine siendo una herramienta de persecución para no permitir que asuman los que no nos gustan”.
Estas cuestiones llevan inevitablemente a reflexionar acerca de la responsabilidad que nos cabe como ciudadanos al momento de emitir el voto y permitir que represores como Patti puedan asumir cargos democráticos.

Audio Juan Carlos Wlasic


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