viernes, 20 de abril de 2007

¿QUIÉN SE HACE RESPONSABLE POR LA MUERTE DE UN OBRERO?

Luego del derrumbe de la obra en construcción situada en la esquina de Colón y Misiones que le costara la vida a Juan Antonio Riquelme, obrero de la construcción de cuarenta y dos años, hay versiones encontradas acerca de la responsabilidad y de las condiciones en las que se encontraba dicha construcción.
El doctor Martín Ferrá, abogado del arquitecto Claudio Armanazco –responsable de la obra y detenido en estos momentos acusado de homicidio culposo-, manifestó que la obra “no era clandestina” sino que se trataba de “una obra declarada y con toda la documentación que exigen las ordenanzas y el código de construcciones presentada en la Dirección de Obra Privada de la Municipalidad de General Pueyrredón”.
Pese a la acusación de homicidio culposo contra su defendido, Ferrá –quien solicita la excarcelación de su defendido- manifestó que “es muy prematuro” sacar conclusiones acerca de las responsabilidades en el derrumbe que ocasionara la muerte de Riquelme. “Quien es el responsable acabado de esto es algo a priorítico y sin un sustento legal. Eso lo va a dar el curso de la investigación. Si un arquitecto da una orden correcta y el albañil asume una actividad equivocada, ahí hay una culpa concurrente entre el peón que ejecutó la orden mal y el arquitecto que no controló”, deslindó el letrado dejando abierta la posibilidad de que el derrumbe pudo haberse producido a causa de un error en la ejecución de la obra.
Otras de las suposiciones del abogado defensor del arquitecto Armanazco es que la caída de la construcción pudo haber sido causada por el factor climático. “Si fue el tema de la lluvia lo que provocó el derrumbe, podrá haber cierta responsabilidad del arquitecto, menguada por el factor climático”, sostuvo.
Sin embargo, desde la Municipalidad, el Secretario de Obras, arquitecto Jorge González, catalogó como “muy difícil de establecer” que el derrumbe haya sido causado por la lluvia. “Eso deberá verificarlo la pericia que lleve adelante la justicia”, agregó González quien aclaró que no se trataba de “una obra clandestina sino de una obra sin permiso que no contaba con la aprobación de planos necesaria para lograr la habilitación municipal”. Además, González sostuvo que dada esta situación, “el municipio no tenía ninguna posibilidad de inspeccionar la obra”.
Para el funcionario municipal, la responsabilidad “debe asumirla el profesional que está actuando. Más allá de las responsabilidades directas o indirectas, cuando uno asume el ejercicio de la profesión, la responsabilidad está absolutamente asumida por el profesional actuante. Aquí, más que de una obra clandestina o de una obra con o sin permiso, debería hablarse de sí la obra estaba mal o bien ejecutada”.Cabe recordar que Rubén Riquelme –hijo del obrero fallecido que trabajaba en la obra junto a su padre- manifestó que en varias ocasiones los obreros le habían comentado al arquitecto la necesidad de levantar dos columnas de hormigón para que no existiera peligro de derrumbe, que fue lo que finalmente sucedió.

“EL EDIFICIO DE TRIBUNALES NO RESISTE UNA INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO”
En esos términos se refirió Martín Ferrá, abogado defensor del arquitecto Claudio Armanazco, –acusado de homicidio culposo en la muerte de Juan Antonio Riquelme- al edificio sito en la calle Tucumán y Brown de nuestra ciudad. “No posee escaleras de emergencia para el caso de que se produzca un incendio. Constantemente se agregan tabiques en las oficinas y también se incorporan nuevos expedientes, en una obra que fue realizada en el año 1978”. Ferrá aclaró que con esto no intenta justificar nada con relación a la situación procesal de su defendido, sino que cree necesario “que se investigue y se pongan todas las cosas en su lugar”, concluyó.

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